La OEA

La Organización de Estados Americanos en la que nuestros jóvenes huelguistas venezolanos tienen cifradas sus esperanzas, según Wikipedia: es una organización internacional panamericanista de ámbito regional con el objetivo de ser un foro político para el diálogo multilateral, integración y la toma de decisiones de ámbito americano, creado en mayo de 1948. La declaración de la organización dice que trabaja para fortalecer la paz y seguridad, consolidar la democracia, promover los derechos humanos, apoyar el desarrollo social y económico y promover el crecimiento sostenible en América. El único miembro suspendido actualmente es Honduras. En el Trigésimo Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General, realizada del 1 al 3 de junio de 2009, en San Pedro Sula, Honduras, en su Resolución AG/RES. 2438 (XXXIX-O/09) señala que la Resolución VI adoptada el 31 de enero de 1962 en la Octava Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante la cual se excluyó al Gobierno de Cuba de su participación en el sistema interamericano, queda sin efecto.

La Declaración Americana de los Derechos Humanos, conocida como: DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE, fue establecida con la propia creación del organismo interamericano, en Bogotá, Colombia, en 1948 y en ella quedan sentados los principios que sustentan que: los pueblos americanos han dignificado la persona humana y que sus constituciones nacionales reconocen que las instituciones jurídicas y políticas, rectoras de la vida en sociedad, tienen como fin principal la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar espiritual y materialmente y alcanzar la felicidad; Que, en repetidas ocasiones, los Estados americanos han reconocido que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana; Que la protección internacional de los derechos del hombre debe ser guía principalísima del derecho americano en evolución; Que la consagración americana de los derechos esenciales del hombre unida a las garantías ofrecidas por el régimen interno de los Estados, establece el sistema inicial de protección que los Estados americanos consideran adecuado a las actuales circunstancias sociales y jurídicas, no sin reconocer que deberán fortalecerlo cada vez más en el campo internacional, a medida que esas circunstancias vayan siendo más propicias,…y de allí pasan a los diferentes artículos.

No voy a extenderme demasiado en esta entrada pero si quiero llamarlos a la reflexión; en este link pueden leer los Derechos y Deberes establecidos en ese documento el cual firmaron todos los países participantes:http://www.cidh.oas.org/Basicos/Basicos1.htm

Después de leer allí el Artículo I: Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona; pregúntense dónde estaba la OEA durante el régimen de Rafael Leonidas Trujillo en República Dominicana, (1930-1961, Conocido como "El Jefe", su tiranía históricamente conocida como la Era de Trujillo es considerada una de las más sangrientas del siglo XX); o durante la dictadura de Papa Doc Duvalier en Haití (1957-1971, En 1959, inspirado por los camisas negras del fascismo italiano creó una milicia para proteger su poder. Los miembros pasaron a ser conocidos como los Tonton Macoute, y se convirtieron de algún modo en el espinazo del país; dado que estas milicias no recibían remuneración alguna, ellos mismos inventaban sus propios medios de financiación a través del crimen y la extorsión).

Lean el: Artículo IV. Toda persona tiene derecho a la libertad de investigación, de opinión y de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio, y háblenme de lo que pasa en Cuba o Venezuela o lo que ha ocurrido con los medios de comunicación bajo cualquier régimen dictatorial.

Lean este artículo: Artículo XVIII. Toda persona puede ocurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos. Asimismo debe disponer de un procedimiento sencillo y breve por el cual la justicia lo ampare contra actos de la autoridad que violen, en perjuicio suyo, alguno de los derechos fundamentales consagrados constitucionalmente; y explíquenme, entonces, cómo es que en Venezuela la constitución la viola el propio presidente de la nación sin que pase nada.

Esto dice la OEA de los Derechos Humanos: El término "derechos humanos" es amplio y abarca numerosas cuestiones más específicas bajo su paraguas general, como los derechos a la libertad de expresión, a la participación política, a un sistema libre y transparente de justicia, y otros. El respeto de los derechos humanos está en el corazón mismo de la democracia. A lo largo de cinco décadas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha abogado por la justicia y defendido la libertad en las Américas. La CIDH trabaja con los Estados para ayudar a fortalecer las leyes e instituciones que proporcionan protección de los derechos humanos. Los países miembros de la OEA han afirmado su compromiso inequívoco con la democracia y los derechos humanos, y la Comisión se esfuerza por garantizar que este compromiso produzca resultados tangibles. y después de leerlo, quiero saber cómo pudieron acoger a Cuba en su seno nuevamente pero han execrado a Honduras.

Aquí les dejo el link hacia la Carta Interamericana Democrática http://www.oas.org/charter/docs_es/resolucion1_es.htm; Venezuela solo pudo haberla firmado porque sabía que no le causaría ningún perjuicio.

Cifrar nuestras esperanzas en un organismo que ha existido durante las más sangrientas dictaduras latinoamericanas sin ocasionar ni un solo cambio en ellas, es no querer ver más allá de nuestra nariz.

No esperemos más por los que esperan más de nosotros mismos.

P.S.: Hagán click en el título de este post y vayan a un artículo del Nuevo Herald donde especialistas hablan del tema.

Comentarios

Publicar un comentario

Entradas populares